INFORMACIÓN BÁSICA

¿Cuáles son mis derechos?

Nuestra Constitución, normas y tratados internacionales,  reconocen múltiples derechos a favor de nosotros, entre ellos te podemos mencionar algunos:

  1. Derecho a migrar, por lo que no se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria.
  2. El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:
  3. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.
  4. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos.
  5. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.
  6. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.
  7. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.
  8. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.
  • -Se reconocen los derechos de asilo y refugio, de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Las personas que se encuentren en condición de asilo o refugio gozarán de protección especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos. El Estado respetará y garantizará el principio de no devolución, además de la asistencia humanitaria y jurídica de emergencia.
  • No se aplicará a las personas solicitantes de asilo o refugio sanciones penales por el hecho de su ingreso o de su permanencia en situación de irregularidad.
  • El Estado, de manera excepcional y cuando las circunstancias lo ameriten, reconocerá a un colectivo el estatuto de refugiado, de acuerdo con la ley.
  • Se prohíbe todo desplazamiento arbitrario. Las personas que hayan sido desplazadas tendrán derecho a recibir protección y asistencia humanitaria emergente de las autoridades, que asegure el acceso a alimentos, alojamiento, vivienda y servicios médicos y sanitarios.
  • Las niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, madres con hijas o hijos menores, personas adultas mayores y personas con discapacidad recibirán asistencia humanitaria preferente y especializada.
  • Todas las personas y grupos desplazados tienen derecho a retornar a su lugar de origen de forma voluntaria, segura y digna.

Fuente: Constitución de la Republica

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¿Cómo saber si han vulnerado mis derechos?

    Aquí te presentamos algunas señales de alerta que debes tener en cuenta para que te pongas las pilas:

  • Cuando eres una persona que ha llegado al Ecuador en busca de oportunidades y te han rechazado por tu condición en las entidades públicas o privadas donde has acudido a buscar ayuda, están vulnerando tu derecho a encontrar condiciones adecuadas para vivir.
  • Cuando eres una persona extranjera y sientes que las personas que te rodean te rechazan por esta condición y esto afecta tu integridad psicológica, social o económica, están vulnerando tu derecho a vivir una vida libre de discriminación, en razón de tu país de origen.
  • Cuando eres una persona que ha perdido su libertad en razón de su condición migratoria están vulnerando tu derecho a la libre movilidad y tu derecho a migrar.
  • Cuando eres un niño, niña o adolescente que pertenece a una familia migrante y las autoridades de un establecimiento educativo, padres de otros alumnos y profesores te rechaza, insultan o recibes otros tipos de maltrato, están vulnerando tú derecho y el de tu familia a vivir una vida libre de violencia.
  • Cuando eres un migrante ecuatoriano y no puedes ejercer tu derecho a votar, están vulnerando tu derecho a participar.
¿Cómo protejo mis derechos?

Te presentamos algunas recomendaciones para que puedas actuar rápidamente, ten a la mano números de emergencia como:

  • El 911 es una línea de emergencia, puedes llamar cuando presencias un acto de violencia contra otra persona o contra ti. Este servicio activa a los organismos del Sistema de Protección Integral como la policía, ambulancias entre otros.
  • No guardes en secreto actos de violencia hacia ti, pues eso no te protege.
  • Si sufres violencia inminente, sal del lugar donde te encuentres y pide ayuda.
  • Protege en todo momento tus zonas vitales, cabeza, pecho, cuello.
  • Si comienzas a darte cuenta que tu pareja es agresiva, nunca le comentes tu intención de romper la relación, hasta tener las condiciones básicas de protección.
  • Si algún familiar, amigo, profesor, autoridad te acosa, o trata de violentarte, alerta a otros sobre lo que te pasa, si es necesario grita y pide ayuda.
  • Recuerda lo que te pasa no es tu culpa, así que denúncialo.
  • Cambia con frecuencia las claves de tu acceso a redes sociales, correos electrónicos entre otros.
  • Si recibes amenazas por redes sociales informa a las autoridades.
  • ¿Qué debo hacer?

      Si eres víctima de un acto de violencia física, sexual o psicológica debes tener en cuenta lo siguiente:

    • Es delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad, es decir, que no puedas realizar tus actividades de forma cotidiana mayor a tres días. En este caso debes poner la denuncia en la Fiscalía de nuestro cantón, la misma que es competente para iniciar la investigación pertinente.
    • Es contravención: es cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no exceda de tres días. Por lo tanto puedes poner la denuncia en una de las siguientes instancias:
    • 1. La Junta Cantonal de Protección de Derechos de nuestro cantón, dicta medidas de protección inmediatas.

      2. Puedes acudir a la Unidad Multicompetente, quienes podrán dictar medidas de protección y sancionar cuando el procedimiento lo determine.

      3. Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. Dicta medidas de protección y tiene la competencia de actuar en casos de alimentos, tenencia, patria potestad, régimen de visitas, adopciones.

    PARTICIPACION Y CONSULTA

    Forma parte de los Consejos Consultivos

    Nuestra Constitución de la República nos garantiza un derecho que se ejerce a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria, que es, la participación ciudadana.  Derecho de gran importancia que nos permite  alzar nuestra voz, participar de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos.  Es un derecho que debe ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva. Por lo que, nos otorga diversos mecanismos de participación como son: veedurías, asambleas, silla vacía, cabildos populares, consejos consultivos, observatorio y demás instancias que promueva la ciudadanía.

    Entonces, los Consejos Consultivos son organismos de asesoramiento compuestos por ciudadanos o ciudadanas que se constituye en espacios y organismos de consulta.

    Nuestro cantón El Tambo, reconoce a los Consejos Consultivos como organismos de consulta, observancia y promoción de derechos de los grupos de atención prioritaria; se constituye para garantizar el cumplimiento del mandato constitucional de la participación protagónica de la ciudadanía en la toma de decisiones, siendo un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.

    HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA

    AGENDA NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE MOVILIDAD HUMANA (PDF)

    Acordeón Desplegable