INFORMACIÓN BÁSICA
¿Cuáles son mis derechos?
Nuestra Constitución, normas y tratados internacionales, reconocen múltiples derechos a favor de nosotros, entre ellos te podemos mencionar algunos:
- Derecho a no ser discriminados por ser personas adultas mayores (a partir de los 65 años)
- Derecho a recibir atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia.
- Derecho a una atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.
- Derecho a un trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.
- Derecho a la jubilación universal.
- Derecho a rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
- Derecho a las exenciones en el régimen tributario.
- Derecho a la exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.
- Derecho a un acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.
- Derecho al voto facultativo.
- Derecho a una vida libre de violencia.
- Aquí te presentamos algunas señales de alerta que debes tener en cuenta para que te pongas las pilas:
- Cuando la ley dispone que los Adultos Mayores tienen acceso a un cobro de servicios básicos con una rebaja del 50% y las instituciones no lo hacen, están vulnerando el derecho a las rebajas en los servicios públicos.
- Cuando alguien quiere obligarle a firmar documentos que usted no conoce o no está de acuerdo con su contenido, están vulnerando su derecho a decidir libremente.
- Cuando alguien ataca contra su integridad física, como golpes, patadas pellizcos; psíquica como insultos, amenazas, burlas; o sexual como violación, acoso, caricias no consentidas, están vulnerando su derecho a una vida libre de violencia.
- Cuando en los servicios públicos de salud no le atienden con preferencia o le cobran por la atención y medicamentos, están vulnerando su derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
- Cuando alguien le obliga a mendigar, están vulnerando sus derechos a una vida libre de violencia y a la protección especial.
- Es delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad, es decir, que no puedas realizar tus actividades de forma cotidiana mayor a tres días.
- En este caso debes poner la denuncia en la Fiscalía de nuestro cantón, la misma que es competente para iniciar la investigación pertinente.
- Es contravención: cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no exceda de tres días. Por lo tanto puedes poner la denuncia en una de las siguientes instancias:
Si eres víctima de un acto de violencia física, sexual o psicológica debes tener en cuenta lo siguiente:
1. La Junta Cantonal de Protección de Derechos de nuestro cantón, dicta medidas de protección inmediatas.
2. Puedes acudir a la Unidad Multicompetente, quienes podrán dictar medidas de protección y sancionar cuando el procedimiento lo determine.
3. Unidad de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.
RECUERDA: Para acudir a un servicio adecuado que cumplan con los requisitos mínimos de calidad en la atención al adulto mayor, es conveniente conocer La Norma Técnica Población Adulta Mayor MIES Centros y Servicios Gerontológicos Modalidad Residencia, Diurno, Espacios Alternativos y Atención domiciliaria. Este es un instrumento técnico que busca normar el funcionamiento de las unidades de atención gerontológica, tanto del sector público como del sector privado, en todo el territorio nacional con corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad y la familia.
SERVICIOS DE AYUDA:
Policía comunitaria más cercana, son quienes le podrán ayudar en casos de emergencia o le orientarán hacia los servicios que necesites.
Unidad de Salud más cercana, son quienes le podrán atender si necesita una atención en salud o le orientarán hacia los servicios que usted requiera.
Padre Nello Storoni, es un centro gerontológico que está concebido para albergar a las personas adultas mayores que no pueden ser atendidos por sus familiares, brindando atención y protección especial.
PARTICIPACION Y CONSULTA
Forma parte de los Consejos Consultivos
Nuestra Constitución de la República nos garantiza un derecho que se ejerce a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria, que es, la participación ciudadana. Derecho de gran importancia que nos permite alzar nuestra voz, participar de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos. Es un derecho que debe ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva. Por lo que, nos otorga diversos mecanismos de participación como son: veedurías, asambleas, silla vacía, cabildos populares, consejos consultivos, observatorio y demás instancias que promueva la ciudadanía.
Entonces, los Consejos Consultivos son organismos de asesoramiento compuestos por ciudadanos o ciudadanas que se constituye en espacios y organismos de consulta.
Nuestro cantón El Tambo, reconoce a los Consejos Consultivos como organismos de consulta, observancia y promoción de derechos de los grupos de atención prioritaria; se constituye para garantizar el cumplimiento del mandato constitucional de la participación protagónica de la ciudadanía en la toma de decisiones, siendo un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.
HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA
AGENDA NACIONAL PARA LA IGUALDAD INTERGENERACIONAL (PDF)