INFORMACIÓN BÁSICA
¿Cuáles son mis derechos?
Nuestra Constitución, normas y tratados internacionales, reconocen múltiples derechos a favor de nosotros, entre ellos te podemos mencionar algunos:
Nuestra Constitución, normas y tratados internacionales, reconocen múltiples derechos a favor de nosotros, entre ellos te podemos mencionar algunos:
- Derecho a recibir una atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud para nuestras necesidades específicas, que incluirá la provisión de medicamentos de forma gratuita, en particular para aquellas personas que requieran tratamiento de por vida.
- Derecho al acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille.
- Derecho a la atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familiares.
- Derecho a recibir una rehabilitación integral y asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas técnicas.
- Derecho a recibir rebajas en los servicios públicos y privados de transporte y espectáculos.
- Derecho a las exenciones en el régimen tributario.
- Derecho a una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la educación regular. Los planteles educativos incorporarán trato diferenciado y los de atención especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán normas de accesibilidad para personas con discapacidad e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo.
- Derecho a un trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas.
- Derecho a una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana. Las personas con discapacidad que no puedan ser atendidas por sus familiares durante el día, o que necesiten de atención especializada.
- Derecho a una educación especializada para personas con discapacidad intelectual y el fomento de sus capacidades mediante la creación de centros educativos y programas de enseñanza específicos.
- Derecho al acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.
Fuente: Constitución de la Republica
- Cuando la ley dispone que una persona con discapacidad tiene acceso a un cobro de servicios básicos con una rebaja del 50% y las instituciones no lo hacen, están vulnerando el derecho a las rebajas en los servicios públicos.
- Cuando alguien ataca contra su integridad física, como golpes, patadas pellizcos; psíquica como insultos, amenazas, burlas; o sexual como violación, acoso, caricias no consentidas, están vulnerando su derecho a una vida libre de violencia.
- Cuando en los servicios de salud públicos no te atienden con preferencia o te cobran por la atención y medicamentos, están vulnerando tu derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
- Cuando alguien te obliga a mendigar, están vulnerando tus derechos a una vida libre de violencia y a la protección especial.
- Cuando realizas el trámite respectivo en el Ministerio de Salud Pública para la obtención de ayudas técnicas y alguien quiere cobrarte por estas ayudas, están vulnerando tu derecho a una atención gratuita y preferente en salud.
Aquí te presentamos algunas señales de alerta que debes tener en cuenta para que te pongas las pilas:
- El 911 es una línea de emergencia, puedes llamar cuando presencias un acto de violencia contra ti. Este servicio activa a los organismos del Sistema de Protección Integral como la policía, ambulancias entre otros.
- El 171 es una línea que accede a servicios de salud, el Ministerio de Salud Pública actúa de forma inmediata.
- No guardes en secreto actos de violencia hacia ti, pues eso no te protege.
- Si sufres violencia inminente, sal del lugar donde te encuentres y pide ayuda.
- Protege en todo momento tus zonas vitales, cabeza, pecho, cuello.
- Si alguien vulneró sus derechos, denúncielo no permita que se repita.
Te presentamos algunas recomendaciones para que puedas actuar rápidamente:
Ten a la mano números de emergencia como:
RECUERDA: Para acudir a un servicio adecuado que cumplan con los requisitos mínimos de calidad en la atención a personas con discapacidad, infórmate en la Norma Técnica de Discapacidades Servicios para personas con discapacidad. El documento define los criterios de calidad que van a orientar la gestión de las modalidades de atención a personas con discapacidad, a través de la prestación de servicios de administración pública y privada a nivel nacional, en consonancia con lo establecido en la normativa jurídica del país, que propende al mejoramiento de la calidad de los servicios para la atención de las personas con discapacidad.
- Es delito: cuando te causan heridas, lesiones o golpes que te generen incapacidad, es decir, que no puedas realizar tus actividades de forma cotidiana mayor a tres días.
- -Es contravención: es cuando la lesión o incapacidad para el trabajo, no exceda de tres días. Por lo tanto puedes poner la denuncia en una de las siguientes instancias:
Si eres víctima de un acto de violencia física, sexual o psicológica debes tener en cuenta lo siguiente:
En este caso debes poner la denuncia en la Fiscalía de nuestro cantón, la misma que es competente para iniciar la investigación pertinente.
1. La Junta Cantonal de Protección de Derechos de nuestro cantón, dicta medidas de protección inmediatas.
2. Puedes acudir a la Unidad Multicompetente, quienes podrán dictar medidas de protección y sancionar cuando el procedimiento lo determine.
4. La Defensoría Pública dictan medidas de protección y en el caso de los jueces sancionan la contravención.
SERVICIOS DE AYUDA:
-Policía comunitaria más cercana, son quienes le podrán ayudar en casos de emergencia o le orientarán hacia los servicios que necesites.
-Unidad de Salud más cercana, son quienes le podrán atender si necesita una atención en salud o le orientarán hacia los servicios que usted requiera.
PARTICIPACION Y CONSULTA
Forma parte de los Consejos Consultivos
Nuestra Constitución de la República nos garantiza un derecho que se ejerce a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria, que es, la participación ciudadana. Derecho de gran importancia que nos permite alzar nuestra voz, participar de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos. Es un derecho que debe ser ejercido por todos los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva. Por lo que, nos otorga diversos mecanismos de participación como son: veedurías, asambleas, silla vacía, cabildos populares, consejos consultivos, observatorio y demás instancias que promueva la ciudadanía.
Entonces, los Consejos Consultivos son organismos de asesoramiento compuestos por ciudadanos o ciudadanas que se constituye en espacios y organismos de consulta.
Nuestro cantón El Tambo, reconoce a los Consejos Consultivos como organismos de consulta, observancia y promoción de derechos de los grupos de atención prioritaria; se constituye para garantizar el cumplimiento del mandato constitucional de la participación protagónica de la ciudadanía en la toma de decisiones, siendo un proceso permanente de construcción del poder ciudadano.
HERRAMIENTAS DE POLÍTICA PÚBLICA
AGENDA NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE DISCAPACIDADES (PDF)